Hemos vuelto de vacaciones, toca hacer Junta de Propietarios pero nadie nos ha informado.
¿Quién debe convocar las juntas?
RESPUESTA:
Sólo lo puede hacer el Presidente de la Comunidad y si no quiere convocar, pese a que toque o se lo hayan solicitado, el 25% de los propietarios de la Comunidad pueden solicitar la celebración de una Junta Extraordinaria, con una serie de requisitos legales
Para ampliar información, consulta con Ubicae.
Consulta tus dudas en nuestro blog, donde podrás encontrar las respuestas para tu comunidad de vecinos o hablar con un administrador de fincas en Boadilla del Monte y en la Comunidad de Madrid.
La responsabilidad civil de la Comunidad de Propietarios
La convivencia en régimen de propiedad horizontal exige un delicado equilibrio entre el interés colectivo y los derechos individuales de cada...
El juicio de equidad en propiedad horizontal
En la práctica diaria de las comunidades de propietarios existen situaciones en las que la adopción de acuerdos resulta materialmente imposible pese...
Riesgos del amianto y fibrocemento en los edificios
Durante décadas el amianto fue considerado un material casi milagroso en el sector de la construcción. Resistente al fuego, aislante térmico y...


