Hemos vuelto de vacaciones, toca hacer Junta de Propietarios pero nadie nos ha informado.
¿Quién debe convocar las juntas?
RESPUESTA:
Sólo lo puede hacer el Presidente de la Comunidad y si no quiere convocar, pese a que toque o se lo hayan solicitado, el 25% de los propietarios de la Comunidad pueden solicitar la celebración de una Junta Extraordinaria, con una serie de requisitos legales
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