CONSULTA:
 Hemos vuelto de vacaciones, toca hacer Junta de Propietarios pero nadie nos ha informado. ¿Quién debe convocar las juntas?

RESPUESTA:
 Sólo lo puede hacer el Presidente de la Comunidad y si no quiere convocar, pese a que toque o se lo hayan solicitado, el 25% de los propietarios de la Comunidad pueden solicitar la celebración de una Junta Extraordinaria, con una serie de requisitos legales

Para ampliar información, consulta con Ubicae.

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