Hemos vuelto de vacaciones, toca hacer Junta de Propietarios pero nadie nos ha informado.
¿Quién debe convocar las juntas?
RESPUESTA:
Sólo lo puede hacer el Presidente de la Comunidad y si no quiere convocar, pese a que toque o se lo hayan solicitado, el 25% de los propietarios de la Comunidad pueden solicitar la celebración de una Junta Extraordinaria, con una serie de requisitos legales
Para ampliar información, consulta con Ubicae.
Consulta tus dudas en nuestro blog, donde podrás encontrar las respuestas para tu comunidad de vecinos o hablar con un administrador de fincas en Boadilla del Monte y en la Comunidad de Madrid.
Qué hacer con la vivienda del portero en una comunidad
Cada vez es más habitual que las comunidades de propietarios se planteen eliminar el servicio de portería y qué hacer con la vivienda del portero en...
Por qué el Título Constitutivo es importante
En cualquier comunidad de propietarios hay dos documentos que marcan absolutamente todo: el Título Constitutivo y los Estatutos. Aunque muchos...
Qué pueden regular los estatutos en la comunidad de propietarios
Qué pueden regular los estatutos en la comunidad de propietarios Los estatutos no son obligatorios, pero cuando existen, son una herramienta muy...


